Resolución Alternativa de Disputas

Resolución Alternativa de Disputas

En virtud de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley n.º 144/2015, de 8 de septiembre, en vigor, en caso de disputa o insatisfacción con el servicio prestado, el Segundo Contratante podrá recurrir al centro de resolución alternativa de litigios de consumo CACCL - Centro de Arbitraje de Conflictos de Consumo de Lisboa con el sitio web www.centroarbitragemlisboa.pt, del cual el Mediador es miembro.

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